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Pautas
<p> </p> <ol> <li>Fijar y mantener domicilio el cual no podrá cambiar sin dar aviso la autoridad correspondiente.</li> <li>Abstenerse de usar estupefacientes y abusar de bebidas alcohólicas.</li> <li>Presentarse al patronato de liberados. A todo lo cual se le suma, que continuara la vigencia de la prohibición de acercamiento del condenado a un radio no menor de 200 metros de la víctima y deberá obtenerse de efectuar cualquier acto de perturbación o molestia por cualquier medio por el termino de 90 días, a partir del día en que se dictó el veredicto de pena en el presente legajo el día 07/02/2020.</li> </ol>
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