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Numero Expediente2RO-2799-JE2020
Pautas

 

  1. Fijar y mantener domicilio el cual no podrá cambiar sin dar aviso  la autoridad correspondiente.
  2. Abstenerse de usar estupefacientes y abusar de bebidas alcohólicas.
  3. Presentarse al patronato de liberados. A todo lo cual se le suma, que continuara la vigencia de la prohibición de acercamiento del condenado a un radio no menor de 200 metros de la víctima y deberá obtenerse de efectuar cualquier acto de perturbación o molestia por cualquier medio por el termino de 90 días, a partir del día en que se dictó el veredicto de pena en el presente legajo el día  07/02/2020.