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<p><strong>REGLAS DE CONDUCTA IMPUESTAS JUDICIALMENTE</strong></p> <p> </p> <ol> <li><strong>Fijar residencia y someterse al cuidado del Ente de Políticas Socializadoras y la Unidad de Abordaje Supervisión y Orientación para personas en conflicto con la Ley Penal (creado por ley Pcial Nº 831, modificatoria Ley Nº 2873.</strong> <em>Debido a que su domicilio es en la ciudad de Catriel, dicho acompañamiento lo realiza el Instituto de Asistencia a Presos y Liberados de provincia de Rio Negro. Ver reseña. </em></li> <li><strong>Abstenerse de concurrir a determinados lugares (domicilio de la victima Gisel Katherine OROZCO sito en Avenida Santa Rosa Nº 5290, de la localidad de 25 de Mayo, L.P.) y abstenerse de modo absoluto de entrar n contacto con la victima Gisel Katherine OROZCO, ya sea de manera personal, telefónica, a través de redes sociales o a través de otras personas, con excepción del contacto que mantengan, únicamente, a los efectos del ejercicio de sus derechos y obligaciones parentales, por el termino de DOS AÑOS. </strong><em>Refiere cumplir.</em><strong> </strong></li> </ol>
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