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Numero ExpedienteLEGAJO 22909/22333
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REGLAS DE CONDUCTA IMPUESTAS JUDICIALMENTE

 

  1. Fijar residencia y someterse al cuidado del Ente de Políticas Socializadoras y la Unidad de Abordaje Supervisión y Orientación para personas en conflicto con la Ley Penal (creado por ley Pcial Nº 831, modificatoria Ley Nº 2873. Debido a que su domicilio es en la ciudad de Catriel, dicho acompañamiento lo realiza el Instituto de Asistencia a Presos y Liberados de provincia de Rio Negro. Ver reseña.
  2. Abstenerse de concurrir a determinados lugares (domicilio de la victima Gisel Katherine OROZCO sito en Avenida Santa Rosa Nº 5290, de la localidad de 25 de Mayo, L.P.) y abstenerse de modo absoluto de entrar n contacto con la victima Gisel Katherine OROZCO, ya sea de manera personal, telefónica, a través de redes sociales o a través de otras personas, con excepción del contacto que mantengan, únicamente, a los efectos del ejercicio de sus derechos y obligaciones parentales, por el termino de DOS AÑOS. Refiere cumplir.