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Pautas
<p>1) Fijar y mantener domicilio;<br /> 2) Comparendo cuatrimestral ante el Instituto de asistencia a Presos y Liberados (IAPL) sito en<br /> calle Uruguay y Alsina de Choele Choel, 3) prohibición de acercamiento en un radio de cien<br /> (100) metros respecto de la persona de la víctima Ámbar Morantes Allolio, en cualquier lugar<br /> donde ésta se encuentre, debiendo el imputado retirarse de manera inmediata aun cuando el<br /> encuentro resulte fortuito o accidental, así como también respecto de su domicilio sito en calle<br /> Goicochea Nº 498 de la ciudad de Trelew. La medida comprende además la prohibición de<br /> realizar actos molestos, perturbadores o intimidatorios por cualquier vía o medio, en forma<br /> directa o indirecta, por sí o por interpósita persona, telefónicamente, mediante redes sociales,<br /> aplicaciones de mensajería o cualquier otro medio virtual, todo ello bajo apercibimiento de<br /> incurrir en el delito de desobediencia a una orden judicial.<br /> 4) Prohibición de consumo de estupefacientes y del abuso de bebidas alcohólicas en<br /> la faz pública,<br /> 5) Prohibición de cometer nuevos delitos; haciéndole saber al imputado que el<br /> incumplimiento de alguna de las reglas de conducta, podrá dar lugar a la aplicación de las</p>
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