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Pautas
<p>a) fijar domicilio en la calle Ruta 250 km 276 de la localidad de Lamarque , del que no<br /> podrá ausentarse sin previa autorización del Juzgado de Ejecución, bajo apercibimiento<br /> de revocársele el beneficio concedido; b) abstenerse de consumir estupefacientes y de<br /> abusar de bebidas alcohólicas;c) no concurrir a lugares de expendio de bebidas<br /> alcohólicas; d) no concurrir a lugares o frecuentar personas que puedan entorpecer su<br /> debida reinserción social; e) no cometer delitos; f) no tener ni portar armas; g) no<br /> conducir vehículos motorizados, sin previa acreditación de autorización legal y judicial;<br /> h) someterse al cuidado del Patronato en forma MENSUAL; i) Deberá mantener el<br /> dispositivo de monitoreo electrónico GPS encedido y con batería permanente;<br /> j)PROHIBICIÓN DE ACERCAMIENTO de JUAN GABRIEL VALDEBENITO,respecto de<br /> MARÌA BELÈN SANTILLAN a un radio de 200 metros de su domicilio, como así<br /> también respecto de cualquier lugar en donde ésta se encuentre. Como así tampoco<br /> podrá realizar actos perturbatorios o de hostigamiento mediante llamadas telefónicas,<br /> mensajes de whatsapp, mensajes de texto, ni por ninguna red social, ni por interpósita<br /> persona. En caso de encontrarse con ella en algún<br /> lugar, deberá alejarse activamente de la misma. k) no puede estar con menores sin la<br /> presencia de otro adulto responsable. Todo ello bajo apercibimiento de revocársele el<br /> beneficio concedido</p>
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