| Pautas | a) fijar domicilio en la calle Ruta 250 km 276 de la localidad de Lamarque , del que no
podrá ausentarse sin previa autorización del Juzgado de Ejecución, bajo apercibimiento
de revocársele el beneficio concedido; b) abstenerse de consumir estupefacientes y de
abusar de bebidas alcohólicas;c) no concurrir a lugares de expendio de bebidas
alcohólicas; d) no concurrir a lugares o frecuentar personas que puedan entorpecer su
debida reinserción social; e) no cometer delitos; f) no tener ni portar armas; g) no
conducir vehículos motorizados, sin previa acreditación de autorización legal y judicial;
h) someterse al cuidado del Patronato en forma MENSUAL; i) Deberá mantener el
dispositivo de monitoreo electrónico GPS encedido y con batería permanente;
j)PROHIBICIÓN DE ACERCAMIENTO de JUAN GABRIEL VALDEBENITO,respecto de
MARÌA BELÈN SANTILLAN a un radio de 200 metros de su domicilio, como así
también respecto de cualquier lugar en donde ésta se encuentre. Como así tampoco
podrá realizar actos perturbatorios o de hostigamiento mediante llamadas telefónicas,
mensajes de whatsapp, mensajes de texto, ni por ninguna red social, ni por interpósita
persona. En caso de encontrarse con ella en algún
lugar, deberá alejarse activamente de la misma. k) no puede estar con menores sin la
presencia de otro adulto responsable. Todo ello bajo apercibimiento de revocársele el
beneficio concedido
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