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Expediente Pautas
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Pautas
<p>Pautas de conducta: <br /> a) Fijar domicilio en Calle 113 Nro.170, loteo Silva, Álvarez Guerrero de la localidad de <br /> Viedma, debiendo comunicar a éste juzgado cualquier cambio en el mismo antes de <br /> efectivizarse para poder realizar el informe social pertinente. <br /> b) No ausentarse de la provincia de Río Negro sin autorización del Juzgado. <br /> c) Abstenerse de consumir o tener en posesión bebidas alcohólicas, estupefacientes o <br /> psicofármacos no prescriptos por la autoridad médica; <br /> d) No cometer nuevos delitos ni contravenciones; <br /> e) No concurrir a determinados lugares o frecuentar determinadas personas que pudieran <br /> obstaculizar su debida reinserción social; <br /> f) Someterse al cuidado del Patronato de la localidad de Viedma, presentándose una vez <br /> por mes; <br /> g) Adoptar profesión u oficio, el que comunicará al Juzgado; <br /> h) Abstenerse de generar conflictos y/o daños sobre las cosas o las personas; <br /> i) No portar armas de cualquier naturaleza ni tener en su domicilio armas de fuego;</p> <p>j) Prohibición total y absoluta de tener cualquier tipo de contacto ya sea físico o virtual -por <br /> redes sociales- con la víctima en autos. Todo ello bajo apercibimiento en caso de <br /> incumplimiento injustificado, de revocar la libertad condicional y ordenar la inmediata <br /> detención hasta el cumplimiento total de la pena, ya que el presente instituto no modifica <br /> en nada la sentencia condenatoria, la que se mantiene inalterable (artículo 13 del Código <br /> Penal).- <br /> IV) IMPONER A NESTOR JAVIER MENTUALA COMO ESPECIAL PAUTA DE <br /> CONDUCTA, LA REALIZACIÓN DE UN TRATAMIENTO DE ADICCIONES ANTE <br /> "APASA", sito en calle San Martín N° 683 de la localidad de Viedma y/ o cualquier otro <br /> dispositivo de su elección. La Defensa dispondrá de un plazo improrrogable de DIEZ (10) <br /> DÍAS para acreditar la concurrencia de su asistido a dicho dispositivo y el inicio del <br /> tratamiento. Bajo apercibimiento. Especialmente la Defensa, en caso de no ser admitido <br /> su asistido en el dispositivo de mención dado que la entrevista que ha informado es "de <br /> admisión", inmediatamente deberá buscar tratamiento alternativo que resulta insoslayable <br /> en los términos del dictamen pericial del C.I.F.- </p> <p> </p>
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