Ingresar
Inicio
Expediente Pautas
5636
Update
Actualizar Pautas: 5636
Pautas
<p>I. Cumplir las siguientes Reglas de Conducta: <br /> a) Mantener y acreditar la actividad laboral que desempeña el interno, a saber: <br /> Tareas de peluquería y en caso de desarrollar otra actividad informarlo, a través <br /> del IAPL. Hacer saber al condenado que ésta magistrada podrá presentarse de <br /> forma espontánea en su domicilio a fin de verificar el cumplimiento de esta <br /> pauta.- <br /> b) No frecuentar a lugares públicos y/o privados en los que se concentre <br /> numerosa cantidad de gente, como así tampoco bares, restaurantes y/o locales <br /> donde se expidan bebidas alcohólicas y abstenerse de consumir las mismas y/o <br /> estupefacientes.-</p> <p>c) No portar (simple tenencia) -bajo ningún concepto- armas blancas, armas de <br /> fuego, sean de uso civil y/o de guerra, aptas o no para el disparo. <br /> d) No cometer nuevos delitos.- <br /> e)Prohibir la salida del condenado FACUNDO LEANDRO MARTINEZ DNI <br /> 36497837 de la localidad de Viedma-Carmen de Patagones y en caso de ser <br /> necesario por cuestiones estrictamente laborales y/o personales establecer que <br /> deberá solicitar autorización ante éste Juzgado, con la debida antelación, <br /> acreditando la circunstancia indicada, reservándose ésta Magistratura la <br /> ponderación y pertinencia de la causal invocada.- <br /> Hacer saber que la presente prohibición incluye el traslado a las zonas de IDEVI <br /> y las zonas turísticas balnearias locales (El Cóndor, San Blas, La Baliza).- <br /> f) Disponer que el condenado FACUNDO LEANDRO MARTINEZ DNI <br /> 36497837 deba permanecer en el domicilio propuesto, sito en Escalera N° 2, <br /> Planta Baja, Departamento "B" del Barrio Guido de la ciudad de Viedma, <br /> provincia de Rio Negro, desde las 22:00 horas hasta las 07:00 horas del día <br /> siguiente.- <br /> Hacer saber al condenado que la prohibición establecida precedentemente <br /> incluye la imposibilidad de permanecer en la escalera o espacios comunes del <br /> Edificio. <br /> g) Disponer al condenado FACUNDO LEANDRO MARTINEZ DNI 36497837 <br /> durante el usufructo del presente régimen, la prohibición absoluta de <br /> acercamiento a menos de 200 metros y de tomar contacto de manera directa y/o <br /> ejercer actos molestos o intimidantes, por sí, por terceros y/o por cualquier <br /> medio (telefónico redes sociales etc.) con las víctimas de autos y/o sus <br /> familiares, bajo apercibimiento de revocar el beneficio, en los términos del <br /> Artículo 261° del CPPRN.- <br /> En ese contexto, hacer saber al condenado que todo trámite de vinculación con <br /> su hija, deberá ser tramitada a través del Fuero de Familia y/o a través de un <br /> familiar, debiendo respetar la prohibición de acercamiento impuesta <br /> precedentemente. <br /> h) Disponer al condenado FACUNDO LEANDRO MARTINEZ DNI 36497837, durante el usufructo del presente régimen, la prohibición absoluta de utilizar <br /> redes sociales (Facebook, Instagram, Twitter y otras), por sí o por terceras <br /> personas, bajo apercibimiento de revocar el presente beneficio.- <br /> i) Prohibición de conducir vehículos motorizados (incluyendo motocicletas). <br /> j) Disponer que el condenado FACUNDO LEANDRO MARTINEZ DNI <br /> 36497837 realice Tratamiento Psicológico en el Hospital de Viedma y/o de <br /> forma privada, a fin de abordar el consumo problemático de sustancias, <br /> debiendo gestionar turno de admisión dentro de cinco (5) días, contados a partir <br /> de su soltura.- <br /> k) Hacer saber a FACUNDO LEANDRO MARTINEZ DNI 36497837 que <br /> deberá, bajo su responsabilidad, mantener en funcionamiento el Dispositivo <br /> Electrónico de Control, para un efectivo monitoreo las 24 horas, realizando la <br /> carga de la Batería correspondiente en tiempo y forma, no alejarse del <br /> dispositivo ni del GPS, y respetar las indicaciones que efectúe la UADME y <br /> que, en caso de constatarse cualquier incumplimiento o transgresión a las pautas <br /> establecidas, manipulación y/o alteración del dispositivo electrónico, se activará <br /> de forma inmediata el PROTOCOLO UADME.- <br /> l) Mantener un trato cordial y respetuoso con el grupo conviviente, personal del <br /> IAPL, UADME y Policial.</p>
Guardar