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<p>I. Cumplir las siguientes Reglas de Conducta: <br /> a) Mantener y acreditar la actividad laboral que desempeña el interno, a saber: <br /> Peluquería y barbería y, en caso de desarrollar otra actividad, informarlo y <br /> continuar los estudios en la Escuela de Oficios, de Chapa y Pintura. <br /> b) No frecuentar lugar públicos y/o privados en los que se concentre numerosa <br /> cantidad de gente, como así tampoco bares, restaurantes y/o locales donde se <br /> expidan bebidas alcohólicas y abstenerse de consumir las mismas y/o <br /> estupefacientes.- <br /> c) No portar (simple tenencia) -bajo ningún concepto- armas de fuego, sean de <br /> uso civil y/o de guerra, aptas o no para el disparo. <br /> d) No cometer nuevos delitos.- <br /> e) Prohibir la salida del condenado OSCAR ADALBERTO HUINCA DNI 36497642 de la localidad de Viedma-Carmen de Patagones y en caso de ser <br /> necesario por cuestiones estrictamente laborales y/o personales establecer que <br /> deberá solicitar autorización ante éste Juzgado, con la debida antelación, <br /> acreditando la circunstancia indicada, reservándose ésta Magistratura la <br /> ponderación y pertinencia de la causal invocada.- <br /> Hacer saber que la presente prohibición incluye el traslado a las zonas de IDEVI <br /> y las zonas turísticas balnearias locales (El Cóndor, San Blas, La Baliza).- <br /> f) Disponer que el condenado OSCAR ADALBERTO HUINCA DNI 36497642 <br /> deba permanecer en el domicilio propuesto, sito en calle 11 N° 97 del Barrio <br /> Lavalle de Viedma, desde las 22:00 horas hasta las 07:00 horas del día <br /> siguiente.- <br /> g) Disponer al condenado OSCAR ADALBERTO HUINCA DNI 36497642 <br /> durante el usufructo del presente régimen, la prohibición absoluta de <br /> acercamiento a menos de 500 metros y de tomar contacto de manera directa y/o <br /> ejercer actos molestos o intimidantes, por sí, por terceros y/o por cualquier <br /> medio (telefónico redes sociales etc.) con las víctimas de autos y/o sus <br /> familiares (Legajo MPF-RO-02723-2022 y Legajo MPFVI-00567-2022, MPF- <br /> VI-01144-2022), bajo apercibimiento de revocar el beneficio, en los términos <br /> del Artículo 261° del CPPRN.- <br /> h) Disponer al condenado OSCAR ADALBERTO HUINCA DNI 36497642, <br /> durante el usufructo del presente régimen, la prohibición absoluta de utilizar <br /> redes sociales (Facebook, Instagram, Twitter y otras), por sí o por terceras <br /> personas, bajo apercibimiento de revocar el presente beneficio.- <br /> i) Prohibición de conducir vehículos motorizados (autos y motos).- <br /> j) Disponer que el condenado OSCAR ADALBERTO HUINCA DNI 36497642 <br /> deberá realizar Tratamiento Psicológico en el Hospital de Viedma, durante el <br /> usufructo del presente régimen y/o hasta obtener el alta, a fin de abordar la <br /> temática por la cual fue condenado (Hechos II MPF-VI-01144-2022 s/ violencia <br /> de género), debiendo el condenado en el plazo de cinco (5) días presentarse ante <br /> el Área de Salud Mental del Hospital Zatti, a fin de solicitar turno de admisión.- <br /> En ese contexto, hacer saber al condenado que deberá mantener buena </p> <p>predisposición al momento de la entrevista con el profesional que posibilite un <br /> análisis y emisión de opinión fundada, no siendo suficiente que éste establezca <br /> que no hay criterio de tratamiento por falta de demanda del paciente, en virtud <br /> de los fundamentos expuestos en el marco de la presente audiencia. <br /> k) Hacer saber a OSCAR ADALBERTO HUINCA DNI 36497642 que deberá, <br /> bajo su responsabilidad, mantener en funcionamiento el Dispositivo Electrónico <br /> de Control, para un efectivo monitoreo las 24 horas, realizando la carga de la <br /> Batería correspondiente en tiempo y forma, no alejarse del dispositivo ni del <br /> GPS, y respetar las indicaciones que efectúe la UADME y que, en caso de <br /> constatarse cualquier incumplimiento o transgresión a las pautas establecidas, <br /> manipulación y/o alteración del dispositivo electrónico, se activará de forma <br /> inmediata el PROTOCOLO UADME.- <br /> l) Mantener un trato cordial y respetuoso con el grupo conviviente, personal de <br /> UADME, IAPL y personal Policial. </p>
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