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Pautas
<p>1. mantener el domicilio fijado en este proceso el que no podrán mudar y en caso de hacerlo dar aviso de inmediato.</p> <p>2. No cometer nuevos delitos.</p> <p>3. No consumir alcohol en exceso ni estupefacientes en lugares públicos.</p> <p>4. Someterse al control del IAPL con informes trimestrales en la modalidad que el organismo determine.</p> <p>5. Realizar un tratamiento para las adicciones de drogas y alcohol pudiendo ser en salud mental del hospital de Catriel o en “Paihue” dependiente de la Municipalidad de Catriel, debiendo acreditar su inicio o pedido de turno dentro de los siguientes 30 días al dictado de esta sentencia.</p> <p>6. La prohibición de ingreso de Rebolledo y Gatica al local comercial “Los 2 hermanos” sito en calle Birmania 228, barrio Preiss de Catriel. Para el Sr. Rebolledo la prohibición de acercamiento a los Sres. Pablo David Bonat con domcilio en calle Cordoba 473 a 100 m. a Juan Gabriel Barroso con domicilio en Roma 43 a 100 m. y Av. Argentina 1387 a 100 mestros. Al Sr. Jeremías Villegas Paes con domicilio en calle Jujuy 1240 a 100 m. R</p>
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