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Expediente Pautas
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Pautas
<p>Dos años las siguientes pautas de conducta de conformidad al art. 27 bis del C.P.; 1.- fijar y mantener domicilio del que no podrá ausentarse y en su caso deberá dar inmediato aviso al Juzgado de ejecución<br /> 2.- Abstenerse usar estupefacientes y/o de consumir bebidas alcoholicas en exceso en lugarse públicos<br /> 3.- Someterse al cuidado del IAPL en la modalidad que se disponga<br /> 4.- Prohibición de acercamiento a menos de 100 metros de las víctimas denunciantes todo ello bajo apercibimiento de revocar la condicionalidad de la pena.</p>
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