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Pautas
<ol> <li><strong>Fijar domicilio y mantener domicilio, del que no podrá ausentarse sin previa y expresa autorización de la autoridad competente.</strong></li> <li><strong>Presentarse cada cuatro meses ante el Instituto de Presos y Liberados de esta ciudad.</strong></li> <li><strong>Abstenerse del consumo excesivo de bebidas alcohólicas y estupefacientes.</strong></li> <li><strong>No cometer delitos. Todo ello bajo apercibimiento de revocarse el beneficio concedido (art. 27, C. Penal).-</strong></li> </ol>
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