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Expediente Pautas
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Pautas
<p>a) Fijar y mantener la residencia en el domicilio de su madre, sito en Barrio Norte, calle 3 de Febrero 733 de Luís Beltrán, debiendo residir en el mismo sin excepción. Someterse al control del Juzgado de Paz de Luís Beltrán, Río Negro cumplimentando un comparendo MENSUAL.</p> <p>b) Abstenerse de concurrir y acercarse a menos de 100mts. Del domicilio de la víctima y sus familiares sea en el lugar de la residencia de la víctima y su núcleo familiar, lugar de estudios o esparcimiento, y/o mantener contacto personal y por cualquier medio con la misma.</p> <p>c) Prohibirle expresamente la realización de actos perturbadores por cualquier medio, debiendo mantener una distancia no menor a los (100) cien metros en todo momento. La prohibición de contacto, involucra todo acto violento o perturbador hacia la víctima y su entorno, en su domicilio, lugar de trabajo o estudio y esparcimiento, por cualquier medio, sea personal o por terceras personas, medios escritos, mensajes, conversaciones telefónicas ni ningún otro sistema.</p> <p>d) Le queda prohibido el uso de sustancias estupefacientes y de alcohol en el ámbito público.</p> <p>e) Deberá someterse a un examen del Departamento de Salud Mental del Hospital de Luís Beltrán o del Cuerpo de Investigación Forense, que brinde un Informe respecto de la necesidad de iniciar un tratamiento respecto de la masculinidad, violencia de género, etc.</p>
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