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Numero ExpedienteRO-00510-P-2024
Pautas

1) Fijar y mantener domicilio.

2) Prohibición de acercamiento de San Martín Luis Alejandro respecto de GLORIA DEL CARMEN OBREQUE a un radio no inferior a los 200 metros, del lugar donde se encuentre y de su domicilio ubicado en calle Tobas y pasaje Tartagal. B° Vidriera de la localidad de Allen, así como todo tipo de contacto, sea por llamadas, mensajes de texto, redes sociales y cualquier vía de comunicación.

3)Prohibición para adquirir o poseer armas de acuerdo lo establece la ley 26485, art.26 inc. A, apartado a 4 a la que Rio Negro adhirió mediante ley 4650.

4) Someterse a tratamiento psicológico y/o psiquiátrico tendiente a superar cualquier trastorno de su personalidad que implique actual o potencial agresividad, violencia de toda índole, con especial foco en la perspectiva de género y vinculación con los hechos que se le reprochan, esto último previo informe de los profesionales del Cuerpo Médico Forense que deberá examinarlo para acreditar su necesidad y eficacia.

5) Realizar curso sobre masculinidades en el campus virtual https://seguimosaprendiendo.educacionrionegro. edu.ar.

6) Prohibición de consumir estupefacientes y abusar de bebidas alcohólicas en la vía publica.

7) Presentaciones trimestrales ante IAPL. 8) No cometer nuevos delitos.

Todo bajo apercibimiento de revocarse la condicionalidad de la pena impuesta, en caso de incumplimiento.