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Numero Expediente2RO-3164-JE2021
Pautas

Reglas de conducta impuestas judicialmente durante el término de dos años (art. 27 bis del CP): 2/06/2024.

 

  1. Fijar y mantener domicilio, comunicar cualquier cambio en el mismo.
  2. Prohibición del salir del país sin orden judicial.
  3. Abstenerse de abusar, de consumir estupefacientes y de abusar de bebidas alcohólicas en su vida pública.
  4. Presentar cada tres meses antes el IAPL, a los efectos de dar a conocer sus condiciones de vida.
  5. No cometer nuevos delitos (dolosos o culposos).
  6. Prohibición de acercamiento a la víctima Yamila Soledad Monzón y su hija Agustina Aimara Monzón, ya sea en su domicilio de calle Austria 2254 (domicilio de la actual guardadora Sra. Lidia Vivier) y/o al Colegio CEM 86 modalidad nocturna, sitio en calle Gelonch y Av. Roca, ambos domicilios de esta ciudad;

Todo bajo a percibimiento del art. 27 bis. C.P., esto es de revocarse la condicionalidad de la pena impuesta; con más las costas del proceso (arts. 26, 27 bis, 29 inc. 3 del CP Y 266 del CPP).