Numero Expediente | 2RO-3334-JE2021 |
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Pautas | I. HACER SABER a MATIAS HERNAN FICA que durante el plazo de 4 años a contar desde la fecha de la sentencia, no debe cometer ningún delito. De lo contrario deberá cumplir la pena del presente incidente y la nueva pena que le impongan por ese nuevo delito penal (art. 27 del Código Penal). II. COMPUTAR respecto MATIAS HERNAN FICA el plazo de dos años de reglas de conducta desde la fecha de la sentencia el 26/11/2021 hasta el 26/11/2023, el cual podrá prórrogarse en caso de incumplimiento de las reglas de conductas en los términos del art. 27 último párrafo del Código Penal, previa audiencia contradictoria con todas las partes. III. MODIFICAR la regla de conducta impuesta al señor MATIAS HERNAN FICA en cuanto al lugar de presentaciones, la cual deberá ser cumplimentada de la siguiente manera: a.-) fijar residencia y someterse al cuidado del Instituto de Asistencia a Presos y Liberados de Choele Choel en forma bimestral hasta el 26/11/2023, conforme el art. 27 bis ante último párrafo del Código Penal. IV. OFICIAR al Área de Salud Mental del Hospital de Choele Choel a fin de que otorgue turno al señor MATIAS HERNAN FICA con profesional psicólogo y remita un informe si necesita o no tratamiento psicológico. No siendo para más, se dá por finalizado el acto, quedando todos notificados de lo resuelto. Registrar, notificar y comunicar. |