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Pautas
<p>Reglas de conducta impuestas judicialmente por el término de tres (3) años, desde el dictado de la primera condena (31/05/19); las cuales agotan el 31/05/2022, y de no surgir modificación alguna.</p> <p> </p> <ol> <li><strong>Mantener el domicilio y el número de celular denunciados al inicio y cualquier cambio comunicarlo previamente al tribunal</strong></li> <li>. <strong>Someterse a la fiscalización del IAPL de forma trimestral, en la forma en que este determine.</strong></li> <li><strong>No frecuentar personas del ambiente de los estupefacientes</strong></li> <li><strong>No cometer delitos.</strong></li> </ol>
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