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<p>: a) fijar domicilio en calle General Belgrano Nro. 447, Mza. 226, Lote 8, Bº 2 de Abril de San Carlos de Bariloche , debiendo notificar a éste juzgado cualquier cambio en el mismo; b) abstenerse de consumir o tener en posesión bebidas alcohólicas, estupefacientes o psicofármacos no prescriptos por la autoridad médica; c) no tener o portar armas de cualquier naturaleza, ni tener en su domicilio armas de fuego; d) no concurrir a lugares de expendio de bebidas alcohólicas; e) no concurrir a lugares o frecuentar personas que puedan entorpecer su debida reinserción 2 social, entendiéndose por tales personas con las que acostumbraba salir a delinquir y/o que tienen causas penales en trámite; f) someterse al cuidado del Patronato, donde deberá presentarse una vez por mes; g) adoptar profesión u oficio, la que comunicará al Tribunal; h) abstenerse de actividades o de hábitos que resulten inconvenientes para su adecuada reinserción social; i) no cometer delitos ni contravenciones; j) deberá abstenerse de generar conflictos y/o daños sobre las cosas o las personas; k) no podrá tener ningún tipo de contacto con las víctimas de autos. Se le prohibe comunicarse, o cualquier tipo de contacto (llamadas telefónicas, mensajes, chats, redes sociales, cartas, etc.) l) deberá dar estricto cumplimiento a todas las medidas sanitarias adoptadas y a adoptarse por los Poderes Ejecutivos Nacional, Provincial y Municipal, por el momento: respeto absoluto al distanciamiento social obligatorio, medidas de higiene como permanente lavado de manos; uso irrestricto de barbijo en caso de las mínimas salidas permitidas, También deberá respetar las prohibiciones motivadas en la situación de pandemia que se fijen en relación a las reuniones en domicilios. El incumplimiento de las pautas contenidas en los incisos k) y l) será especialmente evaluado como incumplimiento grave.. Todo ello bajo apercibimiento de revocársele el régimen concedido.- IV) HACER SABER al Instituto de Asistencia a Presos y Liberados que deberá llevar a cabo el seguimiento del desenvolvimiento de CASTILLO SERGIO DAVID en el medio libre, muy epecialmente en los términos del art. 11 inc. d) de la ley 2343.. También que el interno accede al benefici de libertad asistida que cumplirá en el domicilio sito en calle General Belgrano Nro. 447, Mza. 226, Lote 8, Bº 2 de Abril de San Carlos de Bariloche, donde el interno convivirá con sus abuelos Sra. Ofelia del Carmen Queblo Hernández de Almonacid, DNI: 92.265.747 y Sr. José del Tránsito Almonacid Moll, DNI: 92.263.056, ambos con teléfono fijo Nro. 4440904.-</p>
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