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Expediente Pautas
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Pautas
<p>Durante el término de DOS (2) AÑOS deberá respetar las siguientes reglas de conducta:</p> <p>1) fijar y mantener domicilio, del que no podrá ausentarse sin previa y expresa autorización de la autoridad competente;</p> <p>2) abstenerse del consumo excesivo de bebidas alcohólicas y de consumir estupefacientes;</p> <p>3) no cometer nuevos delitos;</p> <p>4) realizar presentaciones trimestrales ante el IAPL de esta ciudad dando cuenta de sus condiciones de vida. Todo ello bajo apercibimiento de revocarse la condicionalidad de la pena impuesta (art. 27 bis., CPenal).-</p>
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