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Expediente Pautas
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Pautas
<p>a) Fijar y mantener domicilio, del que no podrá ausentarse sin previa y expresa autorización del juez de Ejecución; b) Presentaciones cuatrimestrales ante el IAPL. c) Abstenerse del consumo excesivo de bebidas alcohólicas y abstenerse del uso de estupefacientes.- d) Realizar tratamiento psicológico previo informe del Cuerpo Medico Forense sobre su necesidad y eficacia; y en caso de ser necesario, el mismo sea realizado en salud mental del hospital más próximo a su domicilio (o donde lo gestione el IAPL) a efectos de trabajar sobre las conductas violentas en las relaciones de pareja. e) Prohibir a el acercamiento a un radio no inferior a los 200 mts del domicilio sito en zona rural s/n, del Paraje Aguada de Guerra,(R.N.); y a 50 mts de la víctima, Perla Belén Albarracin , impidiéndole mantener cualquier tipo de contacto con la misma, sea gestual, telefónico, a través de redes sociales (por ej. Facebook, Twitter, WhatsApp, mensajería instantánea, etc.) por si o por interpósita persona, bajo apercibimiento de incurrir en el delito de desobediencia a una orden judicial (art. 239 C.P.). f) Participación en Taller sobre nuevas masculinidades y/o Violencia de Genero dictado por el Ministerio de Educación y Derechos Humanos de la provincia de Río Negro y acreditar su realización, todo ello con el fin de evitar la reiterancia delictiva.- g) No cometer nuevos delitos.- Todo, bajo apercibimiento del art. 27 bis CPENAL.-</p>
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