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Expediente Pautas
5511
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Pautas
<p>a) Fijar y mantener domicilio, del que no podrá ausentarse sin previa y expresa autorización del Juez de Ejecución; b) Presentarse trimestralmente ante el IAPL o instituto de similares características en el lugar donde resida; c) Abstenerse del consumo excesivo de bebidas alcohólicas y del uso de estupefacientes; d) Someterse a un tratamiento terapéutico integral para el abordaje de consumos problemáticos de sustancias psicoactivas y patologías asociadas, bajo modalidad residencial semi cerrada en la comunidad "Sendero de Vida" de la Provincia de Mendoza, o en el dispositivo terapéutico que eventualmente lo reemplace, debiendo observar las pautas terapéuticas e institucionales indicadas por los profesionales intervinientes y acreditar ante el Juzgado de Ejecución, cada sesenta días, la continuidad, evolución y eventual modificación del tratamiento mediante certificación expedida por la institución. Todas estas reglas se le imponen bajo sanción de revocar la condicionalidad de la pena aquí impuesta</p>
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