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Pautas
<p>: Mantener el domicilio indicado; en caso de mudarse, deberá avisar a su abogado. Someterse a la supervisión del IAPL de manera bimestral. Prohibición de contacto por cualquier medio o vía con los Sres. Juan Ceciliano Coca, María Celia Manquillán, y Yanina Alejandra Coca. Prohibición de acercamiento en un radio de 200 metros de las mismas personas y específicamente de sus domicilios, esto es para el caso de la parte querellante en calle Perdriel 2306 de la ciudad de Buenos Aires, y respecto de sus padres, en Caleta de los Loros 397, esquina Fuerte Argentino, de Las Grutas. En caso de ocurrir un encuentro fortuito con cualquiera de ellos, deberá retirarse inmediatamente. Mantener una entrevista con un psicólogo público o privado, a los fines que deternine si es necesario y eficaz un tratamiento de violencia contra la mujer. Abonar en concepto de reparación la suma de $50,000 a la víctima, en un plazo de 30 días. Realización de 30 horas de trabajo comunitario en el Club Deportivo de Las Grutas. Acreditar todo con constancias. No estar involucrado en ninguna causa penal.</p>
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