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Expediente Pautas
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Pautas
<p>a) fijar domicilio en el Barrio Elflein, Edificio 27, departamento 297, de San Carlos de Bariloche, debiendo comunicar a éste juzgado cualquier cambio en el mismo antes de efectivizarse para poder realizar el informe social pertinente; b) No ausentarse de la provincia de Río Negro sin autorización del Juzgado; c) Abstenerse de consumir o tener en posesión bebidas alcohólicas, estupefacientes o psicofármacos no prescriptos por la autoridad médica; d) no cometer nuevos delitos ni contravenciones; e) no concurrir a determinados lugares o frecuentar determinadas personas que pudieran obstaculizar su debida reinserción social; f) someterse al cuidado del Patronato, presentándose una vez por mes; g) adoptar profesión u oficio, el que comunicará al Juzgado; h) abstenerse de generar conflictos y/o daños sobre las cosas o las personas; i) no portar armas de cualquier naturaleza ni tener en su domicilio armas de fuego; j) mantener la pauta impuesta durante el instituto de salidas transitorias, de prohibición absoluta de tomar cualquier clase de contacto ya sea físico o virtual -por teléfono, redes sociales, etc.- con la víctima en autos y prohibición total de acercamiento al domicilio sito en calle Vilcapugio Nro. 822 de San Carlos de Bariloche. Todo ello bajo apercibimiento en caso de incumplimiento injustificado, de revocar la libertad condicional y ordenar la inmediata detención hasta el cumplimiento total de la pena, ya que el presente instituto no modifica en nada la sentencia condenatoria, la que se mantiene inalterable (artículos 13 y 27 bis del Código Penal).</p> <p>V) HACER SABER al Instituto de Asistencia a Presos y Liberados (IAPL), que deberá llevar a cabo el seguimiento del condenado en el medio libre y del empleo consistente en realización de tareas de tapicería en el domicilio fijado en la concesión del beneficio, con remisión de informes mensuales.</p>
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