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Expediente Pautas
4592
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Pautas
<p>1) Presentaciones cada 2 meses en la Oficina Judicial; 2) Reparación económica por la suma de $80.000 en dos cuotas a pagar la primera entre el 1 y el 10 del mes de abril y la segunda entre el 1 y el 10 del mes de mayo, cuyo destino será, o la presunta damnificada o una institución de bien público; 3) Realizar 60 horas de trabajos comunitarios en favor de una institución de bien público; 4) Prohibición de acercamiento y todo tipo de contacto hacia la damnificada; todo ello bajo apercibimiento de revocarle el beneficio en caso de incumplimiento, de conformidad con los arts. 76 bis y ter del C.P y 98 del C.P.P..</p>
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