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<p>IMPONER las siguientes reglas de conductas:<br /> 1- Mantener el domicilio que se ha informado en esta audiencia, si usted se llega a ausentar o cambiar o mudar el domicilio o ausentar de forma prolongada debe indefectiblemente hacerlo conocer, por lo tanto le sugiero se lo trasmita a su defensor el Dr. Cotto, porque esta circunstancia la tiene que conocer la fiscalía, la fiscalía tiene que saber siempre donde está usted residiendo, porque usted tiene libertad condicional, entonces cualquier modificación que tenga respecto al domicilio usted lo informa.<br /> <br /> 2- Hasta agotar la pena no podrá abusar de bebidas alcohólicas ni consumir estupefacientes.<br /> <br /> 3- En el plazo de 5 días hábiles a partir de esta fecha, de tener la defensa algún otro contacto, lo pondrá a disposición de la fiscalía y de la Dirección de Población Judicializada, pero queda claro y a través de la OFIJU se deberá tomar debida nota que a la Dirección de Población Judicializada se deberá informar este teléfono que pertenece a la señora Pouso 299-156150563.<br /> <br /> 4- Sr. NAVARRO en el plazo de 30 días a partir de este momento deberá acreditar un oficio, una actividad o una profesión, es decir una ocupación o trabajo a cuyo fin esta información la va a canalizar o se la va a brindar a su defensor y el Dr. Cotto hará la presentación correspondiente.<br /> <br /> 5- En resguardo de los intereses y derechos de la víctima o quien ha resultado víctima en este legajo a partir de la Sentencia de responsabilidad penal y la pena oportunamente fijada, Sr. NAVARRO LE IMPONGO LA ABSOLUTA PROHIBICION DE CONTACTO FÍSICO O DE CUALQUIER MEDIO CON LA VÍCTIMA, esto significa o se traduce en cualquier comunicación directa o a través de otra persona, se telefónicamente por llamados telefónicos, mensajes por WhatsApp, llamadas por WhatsApp, mensajes a través o por las redes sociales o cualquier carta o misiva que usted le pueda enviar, cualquier tipo de comunicación, usted no puede tener comunicación con la víctima, por eso la fiscalía hablo de prohibición absoluta.</p>
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