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Expediente Pautas
4318
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Pautas
<p>a) Fijar y mantener domicilio, dando cuenta de sus condiciones personales y laborales, b) Presentarse trimestralmente ante el IAPL, a dar cuenta de sus condiciones de vida, c) Realizar un curso o capacitación en Violencia de Género, en el lugar y bajo la modalidad que establezca el Sr. Juez de Ejecución, d) Previo dictamen del CIF sobre su necesidad y eficacia, realizar tratamiento Psicológico en el Área de Salud Mental del Hospital Local, en atención a sus reacciones violentas y los informes sicológicos que obran en el legajo que dan cuenta del impacto que los hechos provocaron en su persona, e) imponer la prohibición de acercamiento a la Sra. María Magdalena Merino, en donde ésta se encuentre en un perímetro de 100 metros, como así prohibición de realizar actos molestos y/o perturbadores respecto de la misma de manera directa, por interpósita persona, vía telefónica o virtual o cualquier otra vía o medio de comunicación, f) No cometer nuevos delitos y g) Abstenerse de abusar de bebidas alcohólicas, con más las costas del proceso, atento su condición de perdidoso (arts.26, 29 inc. 3 del C.P. y 266 del C.P.P.).-</p>
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