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Expediente Pautas
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Pautas
<p>a) fijar y mantener domicilio, b) la prohibición de acercamiento de Matías Andrés Milipil, Pablo Javier Milipil y Juan Bautista Guechaqueo a 200 metros del domicilio de la víctima Javier Fernando Gallo sito en calle República del Líbano N° 1355 de esta ciudad, como así también a 100 metros del lugar en donde él se encuentre y abstenerse de cualquier acto de hostigamiento por cualquier medio, c) someterse al cuidado del IAPL, efectuando presentaciones trimestrales, d) abstenerse de usar estupefacientes o de abusar de bebidas alcohólicas en la vía pública, e) no cometer nuevos delitos; reglas que deberán cumplir por el término de tres años y bajo apercibimiento de revocar la condicionalidad de la pena en caso de incumplimientos injustificados y reiterados (arts. 26, 29 inc. 3 del C.P. y 266 del CPP).-</p>
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