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<p><strong>REGLAS DE CONDUCTA IMPUESTAS JUDICIALMENTE:</strong></p> <p> </p> <ol> <li><strong>Fijar domicilio en la calle Av. Roca 3480, B° Quinta 25, de ésta ciudad, del que no podrá ausentarse sin previa autorización del Juzgado de Ejecución, bajo apercibimiento de revocársele el beneficio concedido;</strong></li> <li><strong>Abstenerse de consumir estupefacientes y de abusar de bebidas alcohólicas;</strong></li> <li><strong>No concurrir a lugares de expendio de bebidas alcohólicas;</strong></li> <li><strong>No concurrir a lugares o frecuentar personas que puedan entorpecer su debida reinserción social;</strong></li> <li><strong>No cometer delitos;</strong></li> <li><strong>No tener ni portar armas;</strong></li> <li><strong>No conducir vehículos motorizados, sin previa acreditación de autorización legal y judicial;</strong></li> <li><strong>Someterse al cuidado del Patronato;</strong></li> <li><strong>Adoptar profesión u oficio debiendo obtener todos los permisos solicitados por el Poder Ejecutivo Nacional, Provincial y Municipal, la que comunicará al Tribunal mediante el IAPL o su Defensa;</strong></li> <li><strong>Deberá realizar el curso de violencia de género en el Instituto de Asistencia a Presos y Liberados de ésta ciudad, antes de que termine su pena el día 28/08/2021;</strong></li> <li><strong>Deberá asistir al hospital local obtener turno con el área de psicología y realizar tratamiento psicológico apuntando sobre la violencia de género. Así también deberá hacer saber al profesional que lo asista que estuvo realizando tratamiento psicológico en el hospital de Villa Regina, para que soliciten dicho legajo;</strong></li> <li><strong>Deberá asistir al hospital en cada oportunidad que se le requiera control antidoping durante el usufructo del beneficio concedido;</strong></li> <li><strong>AGREGAR la PROHIBICIÓN DE ACERCAMIENTO de SEBASTIAN CARLOS BENITEZ respecto de MAURICIO DURÁN y LETICIA DINAMARCA a un radio de 200 metros de sus domicilios, como así también respecto de cualquier lugar en donde éstas se encuentren. Como así tampoco podrá realizar actos perturbatorios o de hostigamiento mediante llamadas telefónicas, mensajes de whatsapp, mensajes de texto, ni por ninguna red social, ni por interpósita persona. En caso de encontrarse con ella en algún lugar, deberá alejarse activamente de la misma;</strong></li> </ol> <p><strong>DEBERÁ EVITAR ACERCARSE al domicilio sito en calle 9 de Julio y Piedra Buena de ésta ciudad, domicilio de la víctima de autos. Todo ello bajo apercibimiento de revocársele el beneficio concedido.</strong></p>
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