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Pautas
<p>1) Una reparación económica de $180.000 en tres cuotas. Ante la no aceptación del monto por parte de la querella, la misma será sin perjuicio de la ulterior satisfacción civil de las consecuencias del hecho. 2) Deberá realizar 100 Hs. de trabajos comunitarios también durante el término de un año. 3) Realizar un acompañamiento psicológico para el manejo de la ira. 4) Seguirá prohibido el acercamiento y contacto del Sr. Pérez al Sr. Mardones, a una distancia no menor a 100 metros. 5) Deberá tener fijado su domicilio, sito en Elordi 2030, e informar a la Defensa a fin de que realicen la modificación correspondiente. 6) Se deberá presentar cada dos meses en el IAPL o en su caso en la OJU. 7) Prohibición de abuso de alcohol y consumo de estupefacientes; todo ello bajo apercibimiento de revocar el beneficio en caso de incumplimiento, de conformidad con los arts. 76 bis y ter del C.P y 98 del C.P.P.</p>
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