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Pautas
<ul> <li>Someterse al cuidado y control del I.A.P.L por el termino de dos (2) años.</li> <li>Fijar domicilio al que no podra mudar sin dar previo aviso, en caso de mudarse, el nuevo lugar de residencia deberá serlo fuera del ejido que conforma el Barrio Ceferino de Viedma.</li> <li>Prohibir el acercamiento a una distancia menor a los cuatrocientos (400) metros al domicilios de las victimas de esta investigacion Sra. Marina Delia Rodriguez y Srita. Evelin Ivana Rodríguez, ubicado en la calle Alvear nº 1835 del Barrio Ceferino de esta ciudad.</li> <li>Igual prohibición de acercamiento y distancia opera en relacion a los siguientes testigos de la investigacion a) Norma Aidee Maciel y María de los Ángeles Ballestero quienes residen en la calle Alvear nº 1836 del Barrio Ceferino de esta ciudad. b) Ruiz Sartor Leroy Alejandro y Mollo Mamani Edith Mercedes con domicilio en calle Alvear nº 1829 Departamento "B" del Barrio Ceferino de Viedma. C) Teresa Casas Catalán con domicilio en la calle Dorrego nº 1631 del Barrio Ceferino de Viedma.</li> <li>Prohibición de contacto a las victimas y testigos enunciados precedentemente, a ellos y/o a su grupo familiar; ya sea en forma directa y/o por cualquier medio de comunicacion (telefonico, redes sociales, plataforma virtuales, etc) y sea forma personal y/o por interposita persona.</li> <li>La obligación de firmar una vez por semana en la Comisaria 30 del Barrio Guido de Viedma.</li> </ul>
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