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Expediente Pautas
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Pautas
<p>a) fijación de un domicilio y notificación de cualquier cambio de residencia; b) abstenerse de cometer delitos; c) someterse al cuidado de la repartición a su cargo, organismo que deberá informar mensualmente sobre las comparecencias de la nombrada (arts. 26, 27 y 27 bis del CP y art. 3, inc. b, de la ley 27.080). Ello, bajo apercibimiento de revocarle la condicionalidad de la pena otorgada, conforme lo prevé el último párrafo del art. 27 bis del Código Penal, quedando intimada a efectuar el depósito de las costas procesales.</p>
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