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Pautas
<p>1) Constituir domicilio y no ausentarse del mismo por un tiempo prolongado (más de 30 días) sin autorización del Tribunal;</p> <p>2) Someterse al contralor del Instituto de Asistencia a Presos y Liberados de su domicilio;</p> <p>3) Efectuar presentaciones trimestrales ante el Juzgado de Ejecución Penal a fin de dar cuenta de su situación de vida;</p> <p>4) Abstenerse de cometer delitos, consumir en forma excesiva bebidas alcohólicas y/o estupefacientes;</p> <p>5) No podrá viajar al exterior sin autorización del Tribunal;</p> <p>6) Previo informe que acredite la necesidad y eficacia sobre las adicciones admitidas, someterse a su correspondiente tratamiento.</p> <p><strong>Inhabilitación por diez (10) años para el uso, tenencia o portación de cualquier arma de fuego</strong></p>
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