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Expediente Pautas
2703
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Actualizar Pautas: 2703
Pautas
<p>Durante el término de DOS (2) AÑOS deberá respetar las siguientes reglas de conducta: fijar y mantener domicilio, del que no podrá ausentarse por tiempo prolongado (más de quince días) sin previa y expresa autorización de la autoridad competente; abstenerse del consumo excesivo de bebidas alcohólicas y estupefacientes; no cometer nuevos delitos; someterse al control del Instituto de Asistencia a Presos y Liberados, con presentaciones trimestrales; prohibición de acercamiento a la víctima MILENA GIULIANA SANTILLAN, en un radio de 200 metros de su domicilio, sito en Lago Gutiérrez s/ nro. entre Cerro Tronador y Río Limay, Barrio Norte de Allen y del lugar donde ésta se encuentre, debiendo abstenerse de realizar cualquier tipo de conductas que resulten molestas o perturbadoras para la misma, en forma directa, por interpósita persona o a través de cualquier medio de comunicación o publicaciones que tiendan a ese fin, tales como mensajes de whatsapp, redes sociales, SMS, llamadas telefónicas, etcétera; deberá realizar un curso sobre género y masculinidades, el cual debe gestionar el imputado ante el IAPL, curso que brinda el Ministerio de Educación y Derechos Humanos, el cual debe acreditar en el plazo de 1 año de la firmeza de la sentencia. Todo ello bajo apercibimiento de revocarse la condicionalidad de la pena impuesta (art. 27 bis., CPenal).-</p>
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