Ingresar
Inicio
Expediente Pautas
1948
Update
Actualizar Pautas: 1948
Pautas
<p>- Fijar domicilio que no podrá cambiar sin previa comunicación a la autoridad.<br /> - Someterse al cuidado y control del IAPL.<br /> - Presentarse una vez cada dos meses en el juzgado de paz de Catriel.<br /> - No abusar de bebidas alcohólicas y abstenerse del consumo de estupefacientes.<br /> - Dentro de los tres primeros meses, a contar desde es día de la audiencia, deberá concurrir al área de salud mental del hospital, para ser atendido por profesional del mismo, quien dictaminará sobre la necesidad, o no, de iniciar un tratamiento psicológico. Caso afirmativo, deberá cumplirlo hasta que obtenga el alta o se cumpla el plazo de dos años fijados en esta sentencia.<br /> - Respetar la prohibición de acercamiento personal, o por cualquier medio, a la denunciante y a la víctima, como así a su domicilio.</p>
Guardar