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Expediente Pautas
1825
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Pautas
<p>1) Fijar y mantener domicilio, del que no podrá ausentarse sin previa y expresa autorización del juez de Ejecución; 2) Presentaciones trimestrales en el Instituto de Presos y Liberados; 3) No cometer nuevos delitos; 4) Abstenerse del consumo excesivo de bebidas alcohólicas y del uso de estupefacientes; 5) Realizar tratamiento psicoterapéutico tendiente a superar los comportamientos agresivos, con presentación de debida constancia de haber dado inicio, evolución y seguimiento al mismo; 6) Se le impone la prohibición de acercase a una distancia no menor de 150 metros de la persona de María Rosane Brisola Machado y de su domicilio, sito en calle Belgrano Nº336 de Ingeniero Huergo; debiendo a su vez, abstenerse de contactarla ya sea de manera personal, gestual, telefónica, o través de redes sociales (twitter, facebook, WhatsApp, etc.); sea por sí o por interpósita persona; 7) Se le impone la prohibición de acercase a una distancia no menor de 150 metros de Olga Noemí Toledo y de la menor Sol Ayelén BARRA BRISOLA (de 14 años de edad, hija de la victima); como así también de su domicilio, sito en Belgrano Nº 1080 de la localidad de Ingeniero Huergo; debiendo a su vez, abstenerse de contactarlas ya sea de manera personal, gestual, telefónica, o través de redes sociales (twitter, facebook, WhatsApp, etc.); sea por sí o por interpósita persona.- Reglas que deberá cumplir bajo apercibimiento de revocársele la condicionalidad de la pena.-</p>
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