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Pautas
<p>_ Fijar domicilio, debiendo dar aviso previo si lo cambia o si desea salir del país. -<br /> _ Abstenerse de consumir estupefacientes, no abusar de bebidas alcohólicas. -<br /> _ Abstenerse de realizar nuevos episodios similares por lo que fue Juzgado.<br /> _ Presentarse Trimestralmente ante el patronato de Presos y Liberados. -<br /> _ Se le prohíbe acercarse u hostigar a la victima a 100 metros de su domicilio o cualquier otro lugar en el que esta se encuentre, todo bajo apercibimiento de revocarse la condicionalidad de la pena (ART. 27 BIS C.P.)</p>
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