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<p>PAUTAS DE CONDUCTA IMPUESTAS JUDICIALMENTE:</p> <p>1) Mantener el domicilio informado dando aviso mediante su defensor al Juzgado de Ejecución previo a mudarlo o ausentarse;</p> <p>2) No cometer nuevos delitos;</p> <p>3) Abstenerse de consumir alcohol y estupefacientes en exeso y en la vía pública;</p> <p>4) Que se someta al tratamiento del IAPL con sus presentaciones ante tal organismo cada dos meses; </p> <p>5) Prohibición de acercamiento al domicilio ubicado en Las Manzanas 584 de Fernandez Oro y a la víctima Mónica Torres a una distancia no menor de 200 mts, y todo tipo de contacto por cualquier otro medio -telefónico, digital, estados de whatsapp, etc), ni tampoco por interpósita persona, para caso de encuentro fortuito será Roth quien deba retirarse inmediatamente del lugar; </p> <p>6) Monitoreo electrónico mediante tobillera electrónica -que ya esta utilizando-, este control será por seis meses a partir del día de la fecha; </p> <p>7) Realizar tramiamiento psicológico en control de impulsos y violencia contra las mujeres ante salud pública o de modo privado acreditando su comienzo en el plazo de seis <br /> meses; </p> <p>8) Realizar capacitación en masculinidades por ante el Ministerio de Educación y DDHH de Río Negro, datos que serán proporcionados por la Fiscal al Sr. Defensor <br /> acreditando la finalización en el plazo de 1 año. Todas estas pautas -salvo el monitoreo, el tratamiento psicologico y la capacitación, serán por el plazo de dos años bajo apercibimiento de revocar la condicionalidad. </p>
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