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Expediente Pautas
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Pautas
<p>1) Abonar una reparación económica de $5000, en favor de una entidad de bien público a designar por la Oficina Judicial, quedando expedita la vía civil para el reclamo integral por parte del damnificado; 2) Realizar 150 hs. de trabajo comunitario en lugar a designar por la Oficina Judicial; 3) No cometer nuevos delitos; 4) Presentarse cada dos meses en Oficina Judicial; 5) Fijar y mantener domicilio; todo ello bajo apercibimiento de revocarle el beneficio en caso de incumplimiento, de conformidad con los arts. 76 bis y ter del C.P y 98 del C.P.P. P</p>
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