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Numero Expediente2RO-11369-P2015
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  1. Fijar y mantener domicilio,
  2. Prohibición de acercamiento a Agustina Yael Elosegui y a su domicilio sito en calle 105 Nro. 1605 de General Roca, debiendo mantenerse en forma constante a una distancia no menor de 200 metros de la nombrada, absteniéndose de realizar actos perturbatorios o de comunicación por cualquier medio con la nombrada
  3. Abstenerse de consumir estupefacientes y de abusar de bebidas alcohólicas,
  4. Someterse a tratamiento psicológico para lo cual deberá presentar constancia ante la Oficina Judicial de inicio y permanencia del  tratamiento cada tres meses
  5. DISPONER que cumpla presentaciones mensuales ante el Instituto de Asistencia a Presos y Liberados de esta ciudad,
  6. Realizar el taller que brinda el Instituto de Asistencia a Presos y Liberados para personas condenadas por hechos cometidos con violencia

S/Oficio 23/04/2021, el Sr Juez de Ejecución Penal subrogante Dr. Julio Marinez Vivot RESUELVE:

 

  1. PRORROGAR por el plazo de SEIS (6) MESES el cumplimiento de las reglas de

 Conductas respecto de LONG, DAVID MALCOM, esto es hasta el 13/10/2021, de acuerdo a la fecha de primera presentación ante este Tribunal y modificación de reglas de conductas.

 

  1. ORDENAR  a LONG, DAVID MALCOM que continuar con el tratamiento psicológico,

Debiendo en el plazo de 15 días presentar ante su defensora los certificados que acrediten que asistió durante el plazo cumplimiento de reglas de conductas al tratamiento  psicológico.

  1. HACER SABER  a LONG, DAVID MALCOM  que deberá cumplir con el taller que brinda

el Instituto de Asistencia a Presos y Liberados para personas condenadas por hechos cometidos con violencia de género, encontrándose inscripto para el mes  de Mayo de 2021.

V REAFIRMAR al señor LONG, DAVID MALCOM todas la reglas de conductas que debe cumplir, esto es: a) fijar domicilio, b) prohibición de acercamiento a Agustina Yael Elosegui y a su domicilio sito en calle 105 Nro. 1605 de General Roca, debiendo mantenerse en forma constante a una distancia no menor de 200 metros de la nombrada, absteniéndose de realizar actos perturbatorios o de comunicación por cualquier medio con la nombrada, c) abstenerse de consumir estupefacientes y de abusar de bebidas alcohólicas, d) someterse a tratamiento psicológico para los cual deberá presentar constancia ante la Oficina Judicial de inicio y permanencia del tratamiento cada tres meses y e) DEBERA cumplir presentaciones TRIMESTRALES ante el Instituto de Asistencia a Presos y liberados de esta ciudad, fijándose la primera entre el 1° y 10 de Mayo de 2021 y la segunda para entre el 1° y 5 de Octubre de 2021, f) realizar el talle que brinda el Instituto de Asistencia a Presos y Liberados para personas condenada por hechos cometidos con violencia de genero.