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Numero ExpedienteExpte. N° 0038/JE8/19
Pautas

a) fijar domicilio en B° Obrero A, Mza. 11, lote 14 de la localidad de Cipolletti, provincia de Rio Negro, del cual no podrá ausentarse ni mudar sin previa autorización judicial; b) abstenerse de consumir estupefacientes o bebidas alcohólicas;
c) deberá guardar buen comportamiento, no cometer nuevos delitos asi como tampoco faltas contravencionales;
d) continuar con el tratamiento psico-social con las/os profesionales del gabinete del EEP N° 2;
e) deberá permanecer en el domicilio autorizado del que no podrá ausentarse bajo ningún pretexto sin previa autorización judiicial, salvo en caso de urgencia médica el que deberá ser debidamente acreditado;
f) Deberá tomar los recaudos necesarios para mantener siempre activo el sistema de monitoreo electrónico;
g) No molestar a la víctima bajo ningun aspecto ni medio;
h) Hacer saber que no se encuentran autorizados los tutores a realizar traslados a los turnos médicos que se le gestionen para control de sus patologías, lo cuales deberán ser efectivizados por personal del servicio penitenciario.
En caso de incumplimiento de alguna de las pautas de conducta podrá ser pasible de la revocación de su prisión domiciliaria