Pautas | _Fijar residencia e informar cualquier cambio al Tribunal.
_Someterse al cuidado y fiscalización del Instituto de Liberados o Juzgado de Paz más cercano a su domicilio en forma bimestral.
_Mantener buena conducta, para lo cual deberán abstenerse de concurrir a determinados lugares o de relacionarse con determinadas personas, de acuerdo a las características del hecho por el que se los acusa (Artículo 27 bis del Código Penal).
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