Pautas |
- Fijar domicilio en Pasaje N° 101 ”A” N° 1851 de la localidad de Choele Choel, del que no podrá ausentarse sin previa autorización del Juzgado de Ejecución, bajo apercibimiento de revocársele el beneficio concedido.
- Abstenerse de consumir estupefacientes y de abusar bebidas alcohólicas
- No concurrir a lugares de expendio de bebidas alcohólicas
- No concurrir a lugares o frecuentar personas que puedan entorpecer su debida reinserción social
- No cometer nuevos delitos
- No tener ni portar armas
- No conducir vehículos motorizados, sin previa acreditación de autorización legal y judicial
- Someterse al cuidado del Patronato en forma mensual
- Adoptar profesión u oficio la que comunicara al Tribunal
- Prohibición de acercamiento de MAURO ALEJANDRO ROGEL respecto de ANABEL CINTHIA YANINA FACCIOLO a un radio de 300 metros de su domicilio como así también respecto de cualquier lugar donde ella se encuentre. Como así tampoco podrá realizar actos perturbatorios o de hostigamiento mediante llamadas telefónicas, mensajes de WhatsApp mensajes de textos ni por ninguna red social, ni por interpósita persona. En caso de encontrarse con ella en algún lugar deberá alejarse activamente de la misma.
- Podrá circular por la Provincia de Rio Negro, salvo respecto del lugar de prohibición de acercamiento. En caso de viaje mayor a 10 días o fuera de la Provincia deberá solicitar autorización a este Tribunal.
Todo ello bajo apercibimiento de revocar el beneficio
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