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Numero Expediente167-JE10-10
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REGLAS  DE CONDUCTA IMPUESTAS JUDICIALMENTE:

 

  1. Fijar domicilio en la calle Epifanio 441 ( Epifanio y B. Blanca), General Roca, Río Negro, del que no podrá ausentarse sin previa autorización del Juzgado de Ejecución, bajo apercibimiento de revocársele el beneficio concedido;
  2. Abstenerse de consumir estupefacientes y de abusar de bebidas alcohólicas;
  3. No consumir bebidas alcohólicas en lugares públicos;
  4. No concurrir o frecuentar personas que puedan entorpecer su debida reinserción social;
  5. No cometer nuevos delitos;
  6. No tener ni portar armas;
  7. No conducir vehículos motorizados sin la debida autorización legal;
  8. Someterse al cuidado de Instituto de Asistencia a Presos y Liberados. Todo ello bajo apercibimiento de revocársele el beneficio concedido.
  9. PRESENTARSE ANTE EL IAPL CADA 2 MESES. En el mes que no le corresponda presentarse deberá asistir el o la oficial de prueba a su domicilio a verificar cumplimiento de las reglas de conducta.