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Numero Expediente2RO-3010-JE2021
Pautas
  1. Mantener la residencia en el domicilio denunciado y someterse al control del patronato cumplimentando un comparendo Trimestral por ante la Oficina Judicial de Choele Choel;
  2. Abstenerse de concurrir a los lugares donde se encuentre la víctima y su grupo familiar conviviente, lugar de estudio o trabajo y/o mantener contacto por cualquier medio con la misma, debiendo mantener una distancia no menor a los (100) Cien metros, estando obligado a retirarse en caso de encuentro en la vía pública de forma inmediata;
  3. Prohibir cualquier acto molesto o perturbador a la víctima, sean estos por cualquier medio, incluso utilizando a otra persona, vía redes sociales, llamados o mensajes telefónicos o de cualquier manera;
  4. Abstenerse de consumir estupefacientes y bebidas alcohólicas en lugares públicos, las que podrían resultar el disparador de nuevas conductas como las presentes, debiendo someterse a un examen preliminar en el Departamento de Salud Mental del Hospital de Choele Choel, a fin de que mediante informe preliminar se determine la necesidad –o no- de un tratamiento médico-psiquiátrico intensivo en relación a la temática de Control de los impulsos, Violencia de género, dinámica intrafamiliar, trato con los menores y en relación al rol propio de la masculinidad.

 

Todo ello bajo apercibimiento de revocar la condicionalidad.-