Pautas |
- Fijar domicilio e informar cualquier cambio del mismo al Juzgado de Ejecución competente en el control del cumplimiento de la condena impuesta.
- Someterse al Control del Patronato de Liberados, debiendo presentarse en la delegación de dicho organismo que corresponda a su domicilio en forma bimestral por el término de dos años. (Art. 27 Bis).
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