| Numero Expediente | RO-00418-P-2026 |
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| Pautas | a) Fijar y mantener domicilio, del que no podrá ausentarse sin previa y expresa autorización del Juez de Ejecución, debiendo comunicar cualquier modificación del mismo; b) Realizar presentaciones trimestrales ante el IAPL; c) Abstenerse del consumo excesivo de bebidas alcohólicas y del uso de estupefacientes; d) (previo informe del CIF) Someterse a un tratamiento psicoterapéutico individual, en institución pública o privada, con especial abordaje de las temáticas vinculadas con la violencia de género y la prevención de futuros comportamientos delictivos de similar índole, debiendo acreditar debidamente su inicio, seguimiento y finalización, reglas que deberá cumplir bajo apercibimiento de revocar la condicionalidad de la pena en caso de incumplimientos reiterados e injustificados, con más las costas del proceso(arts. 26, 29 inc. 3 del C.P. y 266 del C.P.P.).- |