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Numero Expediente41.955/2024
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a) mantener un domicilio fijo y someterse al control y supervisión de la Delegación del Patronato de Liberados que corresponda por su domicilio, debiendo realizar presentaciones del 1 al 10 de cada mes en dicho organismo; b) realizar tareas comunitarias en la sede de Cáritas más cercana a su domicilio, por un total de 40 hs. (cfr. art. 27 bis del CP). III. CONSIDERAR RAZONABLE la reparación económica ofrecida de $375.000 para cada uno de los presuntos damnificados Juan Cruz Sosa y Macarena Micol Vázquez, a pagar en tres cuotas iguales, mensuales y consecutivas, quienes en el plazo de cinco días deberán manifestar si aceptan o no la misma, y en caso de ser aceptado deberá abonar las cuotas del 1 al 10 de cada mes, a partir del mes de noviembre próximo." Se hace saber que dicha resolución quedó firme el 19 de octubre del corriente y que el vencimiento de la suspensión de juicio a prueba concedida a Poggi operará el 19 de octubre de 2027.