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Numero ExpedienteMPF-BA-02808-2026
Pautas

1) Fijar y mantener el domicilio que ha denunciado en el día de la fecha; no tiene impedimento de mudarlo, pero si lo muda, tiene la obligación de informar cuál es su nuevo domicilio. 2) Deberá estar controlado administrativamente durante este periodo por la Oficina Judicial y comparecer ante la misma cuando sea requerido. 3) Abstenerse de cometer delitos; 4) Realizar 60 horas de tareas comunitarias no remuneradas a una institución de bien público que determine la Oficina Judicial; 5) Abstenerse de adquirir, tener o portar armas de fuego durante el periodo de suspensión; todo ello bajo apercibimiento de revocarse el beneficio en caso de incumplimiento, de conformidad con los arts. 76 bis y ter del C.P y 98 del C.P.P.