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Numero ExpedienteMPF-BA-02045-2026
Pautas

1) Realizar una reparación económica en la medida de sus posibilidades a través de un depósito de $150.000 (pesos ciento cincuenta mil) entre el 1 y el 15 del mes entrante en favor de Rodolfo Maximiliano Miguel y Facundo Arsenio Miguel, será distribuido entre ellos de la manera que quieran; 2) Realizar 150 horas de tareas no remuneradas en favor del estado, luego le dirán en qué institución va a ser; 3) La prohibición de cualquier acercamiento físico al inmueble donde habría ocurrido este hecho y de contacto con cualquiera de estas personas de apellido Miguel que acaba de señalar, la prohibición física es a no menos de 200 m, el domicilio es en calle Almirante Brown 1331 y la prohibición de contacto es por cualquier medio; 4) Fijar y mantener el domicilio, en caso de modificarlo, debe informarlo; 5) Se le prohíbe el consumo de estupefacientes y el exceso de bebidas alcohólicas; 6) Debe presentarse cada dos meses en la Oficina Judicial; todo ello bajo apercibimiento de revocarse el beneficio en caso de incumplimiento, de conformidad con los arts. 76 bis y ter del C.P y 98 del C.P.P.